VISTO:
los autos caratulados “MUNICIPALIDAD de SALTO C/ CAGNONE, JUAN PEDRO S/ APREMIO”, Expte. Nº 21294/16 en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Salto, Secretaría Única, Departamento Judicial Mercedes;
CONSIDERANDO:
Que el demandado ha abonado las sumas reclamadas en autos;
Que se han convenido honorarios por la actuación en autos del Dr. ALBERTO ARNALDO PEREZ, en la suma de Pesos Ocho mil setecientos veinte ($ 8.720.-);
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, en uso de las atribuciones que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Acreditar en “Cuenta de Terceros Nº 24.550 de Cagnone, Juan Pedro” la suma de pesos NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 9.592.) en concepto de honorarios y aportes en los autos antes referidos.-
ARTICULO 2º: Acreditar en la “Cuenta Servicios Ley Nº 8838” la suma de pesos CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 4.360-), importe correspondiente al 50% de dichos honorarios líquidos regulados en los autos referidos.-
ARTICULO 3º: Abonar al Dr. ALBERTO ARNALDO PEREZ la suma de pesos TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 40/100 ($ 3.335,40.-), importe correspondiente al 50% de los honorarios líquidos mencionados, previa deducción del 10% en concepto de aportes Caja Previsión para Abogados de la Pcia. de Bs. As, y 3,5% correspondiente a Ingresos Brutos sobre el cincuenta por ciento de los honorarios, porcentaje percibido según Ley 8838, por el Asesor Letrado en autos caratulados “MUNICIPALIDAD de SALTO c/ CAGNONE, JUAN PEDRO S/ APREMIO”, EXPTE. Nº 21294/16.-
ARTICULO 4º: Acreditar en la “Cuenta 1.1.2.11.10-Ingresos Varios” la suma de Pesos SETECIENTOS VEINTE ($ 720.-), en concepto de Anticipo Previsional, que fueron descontados de los honorarios del Dr. Alberto Arnaldo Pérez y abonados oportunamente por el Municipio.-
ARTICULO 5º: Comunicar a quien corresponda, Dar al registro al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos.- Cumplido, archivar.-