VISTO la nota cursada por la Directora de Ambiente y Espacios Públicos; y
CONSIDERANDO
Que mediante la misma manifiesta que, conjuntamente con el Organismo para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires, OPDS y Fundación Metropolitana se halla abocada a la organización de una Mesa Ambiental sobre la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Región;
Que, con motivo de la implementación de la Resolución 317/21 para Generadores de Residuos Sólidos Urbanos, se ha organizado para el día viernes 20 de Agosto del cte. año a las 10:00hs. una Capacitación con representantes de los Municipios de Exaltación de la Cruz, San Andrés de Giles, Carmen de Areco, Baradero, Chacabuco y representantes del sector privado con el fin de propiciar e incentivar las buenas prácticas ambientales para transformarnos en ciudades y comunidades sostenibles, resilientes e inclusivas;
Que, atento que lo expuesto precedentemente resulta de interés público y requiere de una organización y coordinación acorde a las circunstancias; deviene procedente librar el presente acto administrativo con el objeto de brindar el sustento jurídico a los gastos emergentes de la estadía del personal y/o funcionarios que oportunamente visiten nuestra ciudad, en el marco de lo establecido por el artículo 8º de la Ordenanza Municipal Nº092/2017;
Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declarar de INTERES MUNICIPAL la Jornada de Capacitación con representantes de los Municipios de Exaltación de la Cruz, San Andrés de Giles, Carmen de Areco, Baradero, Chacabuco y representantes del sector privado con motivo de la implementación de la Resolución Nº317/21 para Generadores de Residuos Sólidos Urbanos
organizada por la Dirección de Ambiente y Espacios Públicos conjuntamente con el Organismo para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires, OPDS y Fundación Metropolitana para el día viernes 20 de Agosto del cte. año a las 10:00hs.; en un todo de acuerdo con los motivos expuestos en el exordio y en el marco de lo establecido por el artículo 8º de la Ordenanza Municipal Nº092/2017.-
ARTICULO 2º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-