VISTO la necesidad planteada por el Director de Atención Primaria de la Salud en relación a la renovación de los contratos de los profesionales que intervienen en la emisión del Certificado Único de Discapacidad en el ámbito jurisdiccional de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO
Que, atento que los profesionales médicos pertenecientes a la Planta Permanente de Empleados de este Municipio resultan insuficientes para el cumplimiento de tareas específicas para emitir el Certificado Único de Discapacidad en el ámbito jurisdiccional de esta Municipalidad, resulta necesario proceder a su contratación;
Que, en tal sentido, mediante Nota Registro Interno Nº1811/21, el Director de Atención Primaria de la Salud solicita la renovación de los contratos oportunamente celebrados con la Lic. en Kinesiología María Soledad Evangelista, y la Lic. Nora Di Cocco; destacando que la Médica Noelia Mariel Gotarda, la Trabajadora Social Cecilia Raquel Nervi y Lucía Anneris Sequeira continuarán cumpliendo funciones en la Junta Evaluadora de Discapacidad;
Que, en virtud de lo expuesto, y tomando en consideración los informes favorables elaborados por las áreas contables respecto de la factibilidad de realizar la contratación en cuestión, deviene procedente el dictado del presente acto administrativo a los fines de disponer la contratación de la Lic. en Kinesiología María Soledad Evangelista y de la Lic. Nora Di Cocco y el pago de la tarea comisionada;
Que, asimismo las áreas contables informan que la carga horaria liquidada dentro de los haberes de la Médica Noelia Mariel Gotarda incluye los servicios prestados en la Junta Evaluadora de Discapacidad; y en relación a las Agentes Municipales Lucía Anneris Sequeira y Cecilia Raquel Nervi, corresponderá liquidar la presente bonificación junto con sus haberes de planta municipal;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Con retroactividad al mes de Julio y hasta el mes de Diciembre de 2021 inclusive, contratar a la Kinesióloga Fisiatra MARÍA SOLEDAD EVANGELISTA, D.N.I. Nºxxxxxxx – M.P. Nº4.449 y a la Lic. en Psicología NORA MARISA DI COCCO, D.N.I. Nºxxxxxxx, M.P. 15.075 – para cumplir tareas en la Sala del Centro Integrador Comunitario como integrantes de la Junta Evaluadora de Discapacidad para la emisión del CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD por la suma mensual de PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($13.860.-), asistiendo una (1) vez por semana durante cinco (5) horas.-
ARTICULO 2º: Con retroactividad al mes de Julio y hasta el mes de Diciembre de 2021 inclusive, la carga horaria liquidada dentro de los haberes que como empleada municipal percibe la Dra. NOELIA MARIEL GOTARDA, D.N.I. Nºxxxxxxxx, incluirán los servicios que la misma preste en la Junta Evaluadora de Discapacidad; por la suma mensual de PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($13.860.-), asistiendo una (1) vez por semana durante cinco (5) horas, quedando el Departamento de Personal facultado a proceder consecuencia.-
ARTICULO 3º: Con retroactividad al mes de Julio y hasta el mes de Diciembre de 2021 inclusive, la Asistente Social CECILIA RAQUEL NERVI, D.N.I. Nºxxxxxxxxxxx – M.P. Nº12.599 por pertenecer a la Planta Permanente de empleados municipales, percibirá por sus servicios en la Sala del Centro Integrador Comunitario como integrante de la Junta Evaluadora de Discapacidad asistiendo una (1) vez por semana durante cinco (5) horas, la suma mensual de PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($13.860.-)que serán abonadas en concepto de bonificación, quedando el Departamento de Personal facultado a proceder consecuencia.-
ARTICULO 4º: Con retroactividad al mes de Julio y hasta el mes de Diciembre de 2021 inclusive la agente municipal, Sra. LUCÍA ANNERIS SEQUEIRA, D.N.I. Nºxxxxxxxxxxx se desempeñará como Administrativa de dicha Junta, asistiendo una (1) vez por semana durante cinco (5) horas y percibirá por sus servicios la suma mensual de PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($13.860.-), que se le abonará en concepto de bonificación, quedando el Departamento de Personal facultado a proceder consecuencia.-
ARTICULO 5º: Facultar a la Dirección de Asuntos Legales a confeccionar los respectivos contratos de locación de obra.-
ARTICULO 6º: Las erogaciones autorizadas en el artículo 1º del presente Decreto deberán ser imputadas a la Jurisdicción 1110113000 – Secretaría de Salud; Programa: 71. Coordinación de Políticas Sanitarias; Actividad: 02 – Atención Primaria de la Salud; Partida parcial del gasto: 3.4.2.0 Médicos y sanitarios; Fuente de financiamiento 110 Tesoro municipal, del Presupuesto año 2021.-
ARTICULO 7º: La erogación autorizada en el artículo 2º del presente Decreto deberá ser imputada a la Jurisdicción 1110113000 – Secretaría de Salud; Programa: 71 – Coordinación de Políticas Sanitarias; Actividad: 02 – Atención Primaria de la Salud; Partida parcial de gasto: 1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo (Personal Permanente); Fuente de financiamiento 110 Tesoro municipal.-
ARTICULO 8º: La erogación autorizada en el artículo 3º del presente Decreto deberá ser imputadas a la Jurisdicción 1110103000 – Secretaría de Hacienda; Categoría Programática: 01.01.00 Administración y Gestión de la Secretaría de Hacienda; Partida parcial de gasto: 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo; Fuente de financiamiento 110 Tesoro municipal.-
ARTICULO 9º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-