VISTO

el Expediente Nº4099-29873/13 ALCANCE IV LETRA A por el que tramita la Primera Etapa de ocho (8) viviendas en el marco del Programa “RECONSTRUIR” impulsado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación; y

CONSIDERANDO

Que, dicha obra se encuentra enmarcada en el Convenio Único de  Colaboración y Transferencia suscripto en el año 2013 entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y la Municipalidad de Salto, que tiene por objeto la asistencia financiera para la ejecución de veintiocho (28) viviendas de carácter social en la localidad de Salto, de las cuales dieciséis (16) se encuentran pendientes de ejecución;

Que, con motivo de la envergadura de la referida obra, y tomando en consideración las características del proyecto de obra a ejecutar en el marco del Programa “RECONSTRUIR”, la Municipalidad pre-adjudicará la obra en cuestión y elevará al Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación para su adjudicación definitiva mediante los procedimientos previstos para ello, surge la necesidad de constituir una Comisión Interdisciplinaria de Evaluación de Ofertas para Pre-adjudicación;

Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Constituir la Comisión Interdisciplinaria de Evaluación de Ofertas, cuya función será analizar y estudiar las propuestas que la Municipalidad de Salto reciba en la Licitación Pública que se lleve a cabo para la contratación de la obra para la construcción de ocho (8) viviendas en el marco del Programa “RECONSTRUIR” impulsado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación; en un todo de acuerdo con las actuaciones que tramitan por los Expedientes Nº4099-29873/13 ALCANCE IV LETRA A.-

ARTICULO 2º: La Comisión instaurada en el artículo precedente estará conformada por un representante de la Secretaría de Hacienda, un representante de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y un representante de la Dirección de Asuntos Legales, siendo sus funciones las establecidas en el artículo precedente.-

ARTICULO 3º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-


Numero 1521/21
Tipo Decreto
Fecha Papel septiembre 3, 2021